Limite a la reelección: constitucionalistas ratifican que regirá para actuales parlamentarios

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Por más de tres horas sesionó esta mañana la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados. El objetivo de la convocatoria fue escuchar el análisis de distintos constitucionalistas sobre la controversia jurídica que se desató en torno al proyecto que establece un límite a la reelección de parlamentarios y otras autoridades.

El debate surgió justamente luego de que la semana pasada el Senado aprobara la iniciativa, sin una norma transitoria que -según se transmitió durante toda la discusión en esa corporación- habría tenido un efecto retroactivo respecto de las inhabilidades que fija el texto, haciéndola aplicable a los actuales parlamentarios. Tras los cuestionamientos que surgieron en contra de quienes rechazaron, se abstuvieron o se inhabilitaron respecto de dicha disposición, senadores como Francisco Huenchumilla o Álvaro Elizalde, advirtieron que pese a que la denominada “retroactividad” no se aprobara, la ley -al ser una norma de derecho público- de todas formas regiría- ”in actum”, es decir, incluyendo a los legisladores que están en ejercicio.

En ese contexto, durante el tercer trámite de la iniciativa en la Cámara Baja, todos los constitucionalistas invitados -Jorge Correa Sutil, Patricio Zapata, Francisco Zúñiga y Fernando Atria-, además del propio secretario general de esa corporación, Miguel Landeros, concordaron con dicha interpretación y advirtieron que la norma, al modificar los requisitos constitucionales para postular a determinados cargos, afectaría a los senadores que para la próxima elección sumen dos periodos y a los diputados que hayan cumplido tres.

Correa Sutil aseguró que el sentido de lo aprobado por la Cámara Alta “es que se hace aplicable a los actuales parlamentarios en ejercicio”. Mientras que Zapata subrayó que “aquí se produjo un error de interpretación” y que los legisladores actualmente en funciones “para la próxima elección estarían afectos a una inhabilidad”.

Por su parte, Osorio afirmó que la doctrina constitucional es clara respecto de este punto y que la norma, al no fijar ningún tipo de excepción, rige en el acto.

A su vez, Zúñiga sostuvo que esta “opera como requisito de eligibilidad de interpretación restrictiva” para los eventuales candidatos y candidatas que postulen a los cargos afectos a la normativa.

Despejado el punto, los juristas de todas formas plantearon que de aprobar el texto tal cómo está podría implicar problemas en su aplicación. Esto, porque la reforma constitucional modifica artículos que no tendrían un correlato con la Ley Orgánica Constitucional de Elecciones Populares y Escrutinios, que otorga facultades al Servel para declarar las candidaturas.

En ese sentido, los abogados advirtieron que, según esa normativa, el Servel solo puede impugnar candidaturas que no cumplan con lo establecido en los artículos 25, 38, 50 y 57 de la Constitución y no a aquellos modificados por la reforma constitucional. Ese punto, según los constitucionalistas, podría generar confusión en el ámbito de aplicación de la norma y terminar judicializando la materia.

“No me atrevería a asegurar que esto se va a imponer sin problemas en los órganos jurisdiccionales”, advirtió Atria. Mientras que Landeros recomendó a los parlamentarios presentar una reforma a la LOC de Elecciones Populares y Escrutinios posterior a la aprobación del límite a la reelección para evitar problemas de interpretación y hacerlas armónicas.

“Si bien es cristalino que esta norma rige “in actum”, no es cristalino que la vaya a aplicar el Servel en los términos en que nosotros lo estamos pensando”, advirtió, a su vez, el diputado Leonardo Soto (PS).

Otro punto que marcó la discusión es el efecto que esta ley tendrá para alcaldes y concejales. Esto, porque el Senado rechazó una disposición que ampliaba el plazo de aplicación de las limitaciones en el caso de dichas autoridades.

En ese sentido, Matías Walker (DC) y el diputado Soto advirtieron que ese elemento podría implicar un problema, considerando que el cronograma electoral de las elecciones municipales de abril del próximo año ya comenzó a regir en octubre pasado, cuando se venció el plazo para que los eventuales postulantes a esos comicios renunciaran a su militancia para competir como independientes.

Con todo, los legisladores no lograron consensuar si el proyecto debía o no ser enviado a comisión mixta para perfeccionar esas eventuales controversias o, finalmente, despachar a ley lo aprobado por el Senado.

Fuente: La Tercera