La decisión fue unánime y cambió el curso de una demanda que hasta ese minuto sólo había conocido de derrotas ante el juzgado civil y la Corte de Apelaciones de Temuco. Sin embargo, la Tercera Sala de la Corte Suprema, presidida por la ministra Ángela Vivanco, otorgó un triunfo a la familia del asesinado matrimonio Luchsinger-Mackay, acogiendo las acciones indemnizatorias que presentaron contra el Estado de Chile acusándolos de no haber brindado la debida protección a sus padres, que previo a su asesinato habían sido víctimas en una decena de oportunidades de amenazas de muerte que, finalmente, terminaron concretándose la madrugada del 4 de enero de 2013 en Vilcún, Región de La Araucanía.
Un total de $ 1.000 millones deberá desembolsar el Fisco, correspondientes a indemnizar con $ 250 millones a cada uno de los hijos del malogrado matrimonio, según información recabada por La Tercera PM. Para los jueces, entre quienes estuvo la ministra Adelita Ravanales, Jorge Zepeda (S) y los abogados integrantes Leonor Etcheberry y Gonzalo Ruz, fueron claves los testimonios allegados a la demanda en que, por ejemplo, el histórico abogado de la familia Carlos Tonorio dio cuenta de todos los ataques y amenazas que la familia recibió durante años y aún así no contaron con la protección adecuada bajo “amenazas de muerte veraces”.
Para dictar este fallo, cuyo contenido se dará a conocer en detalle en las próximas horas, la sala tuvo en cuenta la prueba documental y testimonial presentada por los demandantes. En ella se transcriben los audios de las llamadas telefónicas que hicieron las víctimas a Centro de Comunicaciones de Carabineros (Cenco) esa noche y que verifica cómo había una advertencia de que se requería que recibieran protección policial ante los hechos que estaban viviendo. Cabe recordar que el machi Celestino Córdova fue condenado como autor de este crimen y cumple actualmente una pena de 18 años de cárcel.
La inseguridad en la que vivían que durante años denunciaron los Luchsinger fue también vital para establecer la falta de servicio por parte de quienes deben velar por garantizarla. Para el máximo tribunal los organismos policiales estaban en conocimiento del riesgo que ambos ancianos corrían en el Fundo La Granja de Lumahue, en Vilcún, y no se adoptaron las medidas necesarias para evitar el desenlace. “Luchsinger, primero tus casas, después tu sangre”, fue una de las advertencia que se puso en conocimiento del sistema y que no redundaron en una protección concreta para Werner y su familia.
Había un clima tenso
Para la Corte Suprema, la responsabilidad del Estado, en este caso, pasó por la desidia de las autoridades de la zona. No era una fecha cualquiera, estimaron los supremos, por esos días se conmemoraba la muerte del comunero mapuche Matías Catrileo, quien cayó abatido en el Fundo Santa Margarita, de propiedad de Jorge Luchsinger, primo de la víctima, por lo que los jueces sostienen que la tensión que había por esos días debió haber llevado a la policía a reforzar las medidas de seguridad en estos predios y sus alrededores.
El fallo establece que era obligación y exigible a las Fuerzas de Orden y Seguridad dar protección a la familia Luchsinger Mackay, ya que su inmueble debió ser considerado un eventual blanco de manifestaciones o de ataques, debido al contexto que se vivía por esos días.
Para acoger esta millonaria demanda se apuntará a que Carabineros ese día no cumplió su deber de garantes, ante una fuente de peligro que era conocida y previsible, y ante los bienes jurídicos que ellos debían defender, por lo que se acreditó la “falta de servicio” de las Fuerzas de Seguridad y de Orden que ahora deberá indemnizar el Fisco.
La sentencia marcará un precedente para todas aquellas personas que dicen vivir bajo un clima de inseguridad y responsabilizan al Estado por esta situación en la Macrozona Sur.
Fuente: La Tercera