En reunión de Concejo Extraordinaria, los ediles aprobaron una nueva Ordenanza Municipal de Comercio Estacionado y Ambulante en Bien Nacional de Uso Público, que busca ordenar el comercio ambulante que ha aumentado exponencialmente estos últimos meses en Puerto Varas y reemplazar la ordenanza vigente que data de 1994.
La nueva ordenanza, que debiera se publicada en el más breve plazo, dispone, entre otras cosas, la creación de una Comisión Municipal de Comercio formada por el encargado del Departamento de Rentas Municipales, la Directora de Dideco (o algún representante de este cargo), el encargado de Desarrollo Económico Local, un miembro del Concejo Municipal y el Departamento de Asesoría Urbana quienes estarán a cargo de otorgar los permisos municipales de comercio ambulante.
El concejal de puerto Varas Marcelo Salazar señaló que de esta manera el otorgamiento de permisos dejará de ser una prerrogativa del alcalde de turno.
Dispone además que habrá un límite de 30 permisos que podrán ser otorgados para vendedores ambulante, los cuales no son heredables y el titular de permiso debe ser el que ejerza el comercio no pudiendo cederlo o traspasarlo.
La nueva ordenanza prohíbe el comercio ambulante en las siguientes vías de la ciudad: calle San Bernardo en toda su extensión y en ambas veredas, calle Del Salvador en toda su extensión y en ambas veredas, Avda. Teobaldo Kuschel y Avda. Vicente Pérez Rosales en toda su extensión y ambas veredas; calles Santa Rosa, San Juan, San José, Walker Martínez, San Pedro, Diego Portales en toda su extensión ambas veredas.
Cualquier comercio ambulante ejercido en la vía pública sin el permiso municipal correspondiente, se entenderá como clandestino y será sancionado con la aplicación de una multa de 0,5 a 3.0 UTM.