El Tribunal Ambiental de Valdivia, con jurisdicción desde Ñuble a Magallanes, notificó este miércoles las sentencias en dos reclamaciones presentadas contra resoluciones de la Superintendencia del Medio Ambiente sobre el relleno sanitario Puntra – El Roble, de Ancud. La primera reclamación fue interpuesta por la Unidad Vecinal N°33 Puntra Estación y la segunda por la Municipalidad de Ancud.
En el caso de la reclamación interpuesta por la organización vecinal, el Tribunal descartó que la Superintendencia haya autorizado el funcionamiento del proyecto, sino que solo constató la existencia de otras autorizaciones sectoriales de carácter temporal; rechazando la alegación, así lo informó el ministro Iván Hunter.
En tanto, en el caso de la reclamación interpuesta por la Municipalidad de Ancud, el Tribunal rechazó la acción judicial, ya que las resoluciones impugnadas no son reclamables de acuerdo a la ley invocada por el propio municipio, debido a que “corresponden a actos de mero trámite que no determinan la imposibilidad de continuar un procedimiento ni producen indefensión, conforme requiere el art. 15 de la Ley N° 19.880 para la impugnabilidad de los actos de esa naturaleza”.