El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco sentenció este viernes a 20 años de presidio mayor en su grado máximo a Martín Pradenas Dürr, por los delitos de violación y abuso sexual cometidos contra seis víctimas, entre ellas, la joven Antonia Barra, quien se suicidó en 2019.
La condena contra el imputado fue dada a conocer este jornada, luego de que el pasado 6 de agosto, el mismo juzgado declarara culpable a Pradenas de la comisión de siete delitos sexuales en contra de seis víctimas: cinco de abuso sexual y dos de violación perpetrados entre 2010 y 2019 en Temuco y Pucón.
«Se le condena entonces a la pena única y total de 20 años de presidio mayor en su grado máximo y a las accesorias de inhabilitación absoluta y perpetua para cargo y oficios públicos y derechos políticos; y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares, mientras dure la condena y el pago de las costas de la causa», detalló el juez Leonel Torres.
La investigación contra Pradenas, inició tras el fallecimiento de Antonia Barra, joven de 21 años quien se quitó la vida dos semanas después de ser atacada sexualmente por parte del imputado, ocurrido en octubre de 2019. Durante la tramitación del caso, otras cinco mujeres denunciaron haber sido violentadas por el mismo acusado.
De esta forma, al sentenciado se le imputaron cuatro delitos de abuso sexual a mayores de 14 años, un delito de abuso sexual a menor de 14 años y dos delitos de violación. En razón de esto, la Fiscalía Regional de La Araucanía había solicitado una sumatoria de 41 años de cárcel para Pradenas.
En esa línea, el tribunal dictaminó que el condenado deberá cumplir su pena en privación de libertad absoluta, en un centro penitenciario que aún no se encuentra definido por la justicia, sin embargo, a la sentencia total se le restará el periodo en que Pradenas se mantuvo con las medidas cautelares de arresto domiciliario y prisión preventiva.
«La pena corporal impuesta por no reunirse respecto del condenado por los requisitos que prevé la Ley 18.216 para concesión de penas sustitutivas, deberá cumplirse real y efectivamente privado de libertad, en el centro penitenciario de Gendarmería de Chile que se determine, sirviéndole de abono los días que ha permanecido bajo la medida de arresto domiciliario total, desde el 22 al 24 de julio de 2020, y luego sustituida por la de prisión preventiva con fecha 24 de julio de 2020, cautelar que desde esa fecha se ha mantenido vigente», afirmó el magistrado.
Cabe detallar que el sentenciado fue declarado culpable por los siguientes delitos en calidad de consumados: «abuso sexual y violación a mayor de 14 años cometidos en contra de la víctima A.R.B.P., el 18 de septiembre de 2019, en la comuna de Pucón (hecho 1 y 2°); abuso sexual de mayor de 14 años cometido en contra de la víctima P.V.C.O., un día de noviembre de 2010, en la comuna de Temuco (hecho 3°); abuso sexual de mayor de 14 años cometido en contra de la víctima T.V.B.R., un día de marzo de 2012, en Temuco (hecho 4°)».
Además, por «abuso sexual de menor de 14 años, cometido en contra de la víctima C.P.C.U., un día entre septiembre de 2012 y enero de 2013, en la comuna de Temuco (hecho 5°); abuso sexual de mayor de 14 años, cometido contra la víctima V.S.L.R, un día de abril de 2014, en la comuna de Temuco (hecho 6°); y finalmente, violación de mayor de 14 años cometido en contra de la víctima F.V.M.O., el 24 de noviembre de 2018, en la comuna de Temuco (hecho 7°)».
Fuente: Emol