La Comisión Experta ingresó las primeras normas del anteproyecto de la nueva propuesta constituyente, las que serán discutidas las próximas semanas y deliberadas con un quorum de tres quintos.
Las cuatro subcomisiones zanjaron sus negociaciones la medianoche de este jueves e ingresaron los primeros artículos al documento que tienen encargado redactar. En esta ocasión, se ingresaron sólo aquellas que generan un amplio respaldo en el Pleno, considerando que la próxima semana serían votadas.
Según consignó La Tercera, en detalle, la Subcomisión de Sistema Político determinó se mantendrá la duración del período de los mandatario en cuatro años, sin reelección y con el impedimento de volver a ejercer a aquellos que ya estuvieron en dos períodos no consecutivos (por ejemplo, Michelle Bachelet y Sebastián Piñera).
CONGRESO Y SUS INTEGRANTES
También se acordó que la barrera electoral será de 5%, es decir, sólo los partidos políticos que alcancen este porcentaje de votos válidamente emitidos, a nivel nacional, en la elección de los miembros de la Cámara de Diputadas y Diputados respectiva, tendrán derecho a participar en la distribución de escaños de dicha instancia, según consigna la normativa redactada por los expertos.
Además, se estableció que las elecciones parlamentarias coincidan con una eventual segunda vuelta presidencial para otorgar a la ciudadanía la oportunidad de elegir sus parlamentarios «favoreciendo la formación de mayorías en el Congreso», que propenderán a coaliciones más estables y comprometidas con el Presidente al que se asocian.
Además, resaltaron que, como una medida para reforzar la disciplina partidaria en el Congreso, los parlamentarios que renuncien a los partidos que declararon en su candidatura, deberán cesar sus funciones.
Por su parte, el Senado continuará renovado por parcialidad, como un «límite a la excesiva concentración de poderes», como también se determinó entregarle el control de la democracia interna de los partidos políticos al Servicio Electoral (Servel), con el registro de afiliados y las elecciones de las colectividades.
En una iniciativa de norma popular, se creó el artículo que señala que «un grupo de personas habilitadas para sufragar equivalente al 2% del último padrón electoral podrá presentar a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional una iniciativa popular de ley para su tramitación legislativa». Mientras que para derogar leyes, un grupo de personas pero equivalente al 3% podrá «dentro de los cuatro meses siguientes de haberse publicado una ley, presentar una iniciativa de derogación total o parcial» para que sea votada.
En tanto, la pregunta sometida a plebiscito será controlada por la nueva Corte Constitucional, que deberá realizar un examen de «admisibilidad».
Respecto de participación ciudadana, esta instancia avanzó en la creación de «foros de deliberación ciudadana consultivos, de selección aleatoria, debiendo garantizar una participación representativa de la población, diversa y pluralista».
PODER JUDICIAL, CORTE CONSTITUCIONAL Y FISCALÍA
La Subcomisión de Órganos Autónomos diseñó el futuro Poder Judicial y acordó concentrar las funciones no jurisdiccionales bajo un tipo de «Consejo de la Magistratura», que va a estar dividido en cuatro comisiones temáticas específicas, que van a estar coordinadas pero con autonomía entre ellas, siendo las siguientes: una para nombramientos; otra para la potestad disciplinaria; otra para formación, y una para la autonomía operativa de la judicatura.
De esta manera, el gobierno judicial ya no estará en manos del Pleno de la Corte Suprema, con la finalidad de fortalecer la autonomía interna del Poder Judicial.
Sobre la Corte Constitucional, estará integrada por nueve miembros que serán nombrados mediante una quina propuesta por el Presidente de la República, la cual será presentada ante la Suprema que, por mayoría simple, conformará una terna para ser sometida al Senado, donde se votará por tres quintos.
Respecto a la designación del fiscal nacional, sólo se incorporó un concurso público para iniciar el procedimiento, pero seguirá siendo propuesto por el Presidente en base a lo impuesto por la Suprema, y luego será votado por el Senado.
Finalmente, la Subcomisión de Derechos Sociales determinó que la ley «podrá establecer cotizaciones obligatorias. Cada persona puede elegir el régimen de salud al cual adscribirse sea estatal o privado» y, en materia de libertad de enseñanza, se impuso el derecho y el deber preferente de las familias de «escoger la educación de sus hijos», como también se le dio rango constitucional a la gratuidad en la educación superior.
Fuente: Cooperativa