Parlamentarios piden salida de seremi de BB.NN tras conocerse que defendió a narcos

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La actual seremi de Bienes Nacionales en la región de Los Lagos, Paula Daniela Catalán Pérez, defendió en su calidad de abogada a imputados por droga en cuatro casos, de acuerdo a un listado elaborado por la Contraloría General de la República sobre abogados defensores en casos vinculados a la Ley 20.000 que sanciona la posesión y tráfico de drogas.

Según consigna la revista Doble Espacio, editada por la Escuela de Periodismo de la Universidad de Chile, se ha establecido que entre el 2019 y 2020 Paula Catalán asumió la defensa privada de dos imputados por droga, además de porte de armas.

Sin embargo, una de las causas que podría poner en jaque la permanencia de Catalán en la Seremia de Bienes Nacionales está fechada el 7 de marzo de 2024, donde eventualmente habría asumido la defensa de un imputado por droga, situación que está prohibida en el artículo 61 de la Ley 20.000 que indica lo siguiente:

Ante estos hechos, parlamentarios oficialistas afirman que la permanencia de la seremi es insostenible.

Así lo expresó a radio Sago, el diputado liberal, Alejandro Bernales.

Por su parte, el senador Fidel Espinoza, sostuvo que la seremi debió rechazar el cargo si tenía estos antecedentes.

En tanto, el diputado de la oposición, Mauro González, pidió a la abogada Catalán a dar un paso al costado.

Por último, se espera una versión oficial desde nivel central por parte del Ministerio de Bienes Nacionales, aunque la actual seremi reconoció que defendió a dos imputados por droga antes de asumir su cargo, en enero de este año.

Cabe mencionar que una de las causas que podría poner en jaque la permanencia de Catalán en la Seremia de Bienes Nacionales está fechada el 7 de marzo de 2024, donde eventualmente habría asumido la defensa de un imputado por droga, situación que está prohibida en el artículo 61 de la Ley 20.000 que indica lo siguiente:

«Los abogados que se desempeñen como funcionarios o empleados contratados a cualquier título en los servicios de la Administración del Estado o en instituciones o servicios descentralizados, territorial o funcionalmente, no podrán patrocinar ni actuar como apoderados o mandatarios de imputados por crímenes, simples delitos o faltas contemplados en esta ley.»