Inspección del Trabajo tendrá turnos especiales para recibir denuncias y fiscalizar infracciones por feriado irrenunciable

0
Imagen referencial

Desde las 21 horas del martes 17 hasta las 6 de la mañana del viernes 20 de septiembre. Ese es el rango de cobertura del denominado feriado irrenunciable, el cual faculta a los trabajadores del comercio, a tener descanso sin condiciones, tal como ocurre el 1 de enero, el 1 de mayo y el 25 de diciembre.

Según explicó el seremi del Trabajo y Previsión Social de Los Lagos, Ricardo Ebner, en entrevista con Radio Sago, habrá turnos especiales para recibir y fiscalizar posibles infracciones por el incumplimiento de esta normativa.

La autoridad regional del Trabajo agregó que los trabajadores que son la excepción a esta norma, son los que se desempeñan en áreas esenciales, como por ejemplo: salud; servicios básicos; bencineras, incluyendo a sus tiendas de conveniencia; comunicaciones, aeropuertos, terminales de buses, conductores de locomoción colectiva, entre otros.

Eso sí, desde el 2016 se estableció la norma de que deben tener feriado irrenunciable, cada año por medio. Por ende, si trabajó el año pasado, debería tener libre este 2024, precisó Ricardo Ebner.

El seremi hizo un llamado a los empleadores a respetar la norma, ya que de no cumplir, se exponen a multas desde las 5, hasta las 20 UTM, dependiendo del tamaño de la empresa.