El Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno acogió éste miércoles 7 de junio la denuncia de tutela laboral interpuesta en contra de la Municipalidad de Osorno por Juan Carlos Velásquez Mancilla, ex funcionario que por más de 32 años se desempeñó en la casa edilicia y que ejerció el cargo de concejal, siendo desvinculado de sus funciones el 01 de diciembre de 2016.
El ex concejal y funcionario del DAEM, Juan Carlos Velázquez acusó despido injustificado, discriminación política, vulneración psicológica, daño moral entre otros, lo que fue denunciado al tribunal, organismo que luego de la investigación realizada dictó fallo a favor del denunciante y entregó veredicto por daño al derecho fundamental del trabajador de igualdad y no discriminación, lo que marcó un precedente según indicó a radio Sago Juan Carlos Velásquez.
El fallo dictado por el magistrado Hernan Valdevenito Carrasco, acogió la acción judicial presentada por Velásquez Mancilla, ordenado a la Municipalidad de Osorno pagar una indemnización cercana a los 14 millones de pesos, más reajustes e intereses, tras conocer la prueba testimonial y documental de ambas partes y establecer que el despido del demandante se realizó con infracción a la ley, vulnerando su derecho de igualdad y no discriminación.
El fallo agrega que se dio lugar a la denuncia por vulneración de derechos fundamentales por discriminación política interpuesta por el actor y por ende, habiendo resultando improcedente la causal de despido invocada para desvincular a Velásquez, se procederá a condenar a la parte demandada a pagar el 30% de la indemnización por años de servicios.
En consecuencia, se condenó a la Ilustre Municipalidad de Osorno, representada legalmente por su alcalde, Jaime Alberto Bertín Valenzuela, declarándose que el empleador lesionó el derecho fundamental del trabajador de igualdad y no discriminación.
Se ordenó al muncipio osornino a pagar a Juan Carlos Velásquez un 30% de incremento respecto de la indemnización por años de servicio, equivalente a la cantidad de $3.162.218 y 11 remuneraciones mensuales, teniéndose como base de cálculo para dicho efecto la última remuneración percibida por el actor, lo que asciende a la suma de $10.540.728.