La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de nulidad interpuesto por la Municipalidad de Osorno, en contra del fallo que acogió la demanda de cobro de prestaciones presentada por 91 profesores de establecimientos educacionales municipales, que, entre el 2012 y el 2016, no recibieron el bono contemplado en la Ley N°19.933, que consagra una subvención adicional especial para profesionales de la educación.
En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada ratificó la sentencia recurrida, dictada el 24 de abril pasado, por el Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, que ordenó a la casa edilicia pagar a los demandantes una suma superior a los 625 millones de pesos.
La resolución agrega que “al respecto, se debe señalar que esta causal alcanza dos situaciones independientes. Primera, la de haberse infringido substancialmente derechos o garantías constitucionales y seguidamente, la de haberse producido infracción de ley. Así, queda en evidencia que esta causal de impugnación es de carácter netamente jurídico, debiendo circunscribirse sus fundamentos a razones de dicha especie, lo que no resulta demostrado en el análisis de las normas que el recurrente señala como infringidas por el juez de primer grado en su sentencia; y, de todo lo anterior, no se advierte infracción de ley sino criterios de interpretación que siendo válidos, difieren de las pretensiones de quien recurre, debiendo en consecuencia ser desestimadas y rechazar el recurso por esta causal de nulidad, que no existe”.
“Por estas consideraciones se rechaza el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia del 24 abril de este año, pronunciada por Hernán Valdevenito Carrasco, Juez Titular del Juzgado del Trabajo de Osorno, sentencia que no es nula”, concluye.