El Tercer Tribunal Ambiental, con asiento en Valdivia, confirmó la resolución de calificación ambiental del proyecto Parque Eólico Chiloé.
La reclamación fue presentada por el Centro de Estudios y Conservación del Patrimonio Cultural (CECPAN) y los particulares Mauricio Campos, Elsa Merino y Katija Siemund, quienes señalaron que el proyecto afectaría la actividad turística pues no se habría evaluado adecuadamente su impacto en cetáceos y que adicionalmente faltaría información respecto de la afectación de la iniciativa sobre el humedal de Quilo, ubicado en las inmediaciones del emplazamiento del parque eólico, a causa de posibles contingencias durante su construcción.
La resolución de los ministros Roberto Pasten, Michael Hantke y Pablo Miranda acogió la postura del Comité de Ministros y del Servicio de Evaluación Ambiental de la región de Los Lagos, que descartaron que se produzca impacto ambiental en el humedal de Quilo y que las eventuales contingencias están consideradas en el Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del proyecto.
Además, el Tribunal también ratificó que no existe evidencia científica que demuestre que un parque eólico en tierra afecte a las poblaciones de cetáceos, aún cuando esté en la costa, ya que todas las investigaciones comprueban que los efectos se generan sólo en la etapa de construcción -y no de operaciones- de los parques eólicos en el mar, lo que no es el caso de esta iniciativa.
El proyecto que se pretende construir en el sector de Mar Brava, en la comuna de Ancud, y que fue aprobado en diciembre del 2016 contempla el montaje y operación de un parque eólico de 42 aerogeneradores de 2,4 MW de potencia cada uno, con una capacidad total instalada de 100,8 MW.