En 15 regiones y por 5 años se decretó veda extractiva del recurso loco

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Desde este 1 de enero 2018 y por cinco años, se prohíbe la remoción directa del recurso loco en zonas de libre acceso, así como la comercialización, transporte, elaboración y almacenamiento del recurso, cuya medida de conservación busca evitar una disminución en su población. Quienes infrinjan la normativa se exponen a millonarias multas.

El director regional de Los Lagos de Sernapesca, Eduardo Aguilera, señaló que esta medida de conservación no rige para las reservas marinas, espacios costeros marinos de pueblos originarios y Áreas de Manejo y Explotación de Recurso Bentónicos, que tengan al recurso loco como especie principal dentro de su plan de manejo o de administración vigente.

La autoridad regional del Servicio Nacional de Pesca, agregó que este periodo se prohíbe en estas áreas marítimas de libre acceso la remoción, extracción y apozamiento, así como la comercialización, transporte, procesamiento, elaboración, y para quienes infrinjan la norma se exponen a multas de 125,8 UTM, así como también el comiso de las especies, medios de trasporte utilizados y la clausura del local hasta por 30 días.

En relación al robo del producto desde las áreas de manejo, Eduardo Aguilera, dijo que permanentemente ese tipo de ilícitos se están detectando en la zona, sin embargo la Fiscalía Regional de Los Lagos mantiene un plan de trabajo permanente y de coordinación con las policías para evitar que operen de manera ilegal las bandas organizadas dedicas al robo del recurso loco.

La Subsecretaría de Pesca y Acuicultura mediante Decreto Exento número 820/2017, publicado por el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, establece renovar la veda extractiva para el recurso loco por un periodo de cinco años vigente desde el 1 de enero 2018 al 31 de diciembre 2022 entre las regiones de Arica y Parinacota y Aysén.