El parlamentario solicitó que Corte de Apelaciones de Valdivia “ordene que se adopten de inmediato todas las providencias necesarias a objeto de restablecer el Imperio del Derecho”.
A raíz del grave episodio de contaminación del suministro de agua potable ocurrido en Osorno, el Diputado Javier Hernández presentó un recurso de protección en contra de la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos S.A. – Essal, representada legalmente por su gerente general, Gustavo Gómez Jiménez.
La acción judicial, presentada ante la Corte de Apelaciones de Valdivia, busca que “la Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos S.A., en su calidad de recurrida en el presente recurso, a fin de que dé cuenta acerca de los actos y omisiones que han causado privación, perturbación y amenaza del derecho de vivir en un medio ambiente libre de contaminación que afecta a todos los vecinos de la comuna de Osorno, remitiendo a esta Iltma. Corte, todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto motivo del recurso y en especial que acredite las condiciones de calidad del agua potable suministrada a los habitantes de la comuna de Osorno, de acuerdo con los estándares establecidos en la norma chilena NCh 409”.
El Diputado Hernández precisó que “al tratarse de un hecho de público conocimiento, principalmente promovido por las molestias sufridas por los usuarios y, por las noticias propagadas por la prensa y redes sociales, el incidente provocó una natural alarma pública, situación que a todas luces constituye un hecho contrario a derecho, toda vez que vulnera garantías esenciales para la coexistencia humana como el derecho a la vida y a la integridad física de las personas”
“Asimismo, el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación porque nos encontramos ante una filtración de 1.100 litros de petróleo, hecho que se produjo desde un estanque utilizado para abastecer un generador usado por la firma Essal en “hora punta”, llegando a las instalaciones del sistema de potabilización ubicado en el mismo lugar”, dijo el legislador.
En recurso Hernández además agregó que la “Empresa de Servicios Sanitarios de Los Lagos S.A., con sus actos y/u omisiones vulneró la obligación establecida en la Ley General de Servicios Sanitarios y su Reglamento, el D.S. MOP N° 1199, en especial la obligación establecida en el artículo 96 de ese Reglamento que precisa que las condiciones mínimas de calidad del agua potable serán las establecidas en la norma chilena NCh 409 «Agua Potable – Parte 1: Requisitos, y Parte 2: Muestreo». Ningún prestador podrá, por tanto, entregar o suministrar agua a sus usuarios en condiciones distintas a las señaladas en dichas normativas, salvo autorización de la autoridad de salud».
Por estos antecedentes, el diputado Javier Hernández presentó la acción judicial a nombre de los vecinos de Osorno “para que sea declarado admisible, acogerlo a tramitación y en definitiva ordenar que se adopten de inmediato todas las providencias necesarias al objeto de restablecer el Imperio del Derecho”.