APROVAL a través de su Director Ejecutivo, José Luis Delgado consideró positivo el fallo, de acuerdo a la información publicada por La Tercera PULSO.
El Tribunal, según ésta información desestimó el argumento de la compañía que buscaba que Colun también publicara el precio pagado a productores. Además, el organismo de libre competencia pidió a las empresas ajustar condiciones de sus contratos.
Un revés sufrió Watt’s, entonces ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), en otro de los capítulos de la denominada “guerra de la leche”.
En junio de 2018, la compañía interpuso una consulta no contenciosa ante el TDLC, en la que buscaba que el Tribunal se pronunciara respecto de las condiciones de recepción y compra de leche cruda, con especial énfasis en la publicación de la pauta de precios a productor.
Esto, dado que Watt’s, junto con Nestlé y Soprole están obligadas a entregar esta información, por una sentencia del propio TDLC de 2004. En ella, el tribunal solicitó a dichas empresas transparentar los precios y promociones que mantenían con sus productores.
La consulta de Watt’s buscaba que todas las empresas del sector -incluida Colun- dieran a conocer su pauta de precios, o bien, se extinguiera la obligación para todas. Así lo señaló el abogado de la firma, Benjamín Grebe, en diciembre de 2018, en el TDLC.
En esa instancia, el abogado de Colun, José Manuel Bustamante, rechazó el argumento, enfatizando que Watt’s buscaba atacar los principios del cooperativismo.
Finalmente este lunes, a poco más de un año de hecha la consulta, el TDLC estimó que las tres compañías deberán seguir cumpliendo con la medida establecida en la sentencia de 2004, ya que “no se han presentado antecedentes en autos que nos lleven a concluir la necesidad de modificar por ahora las medidas adoptadas en la Sentencia”.
“Las pautas de precio siguen cumpliendo los objetivos que justificaron su imposición en la Sentencia, especialmente aquellos que dicen relación con transparentar el proceso de recepción de leche fresca y uniformar sus condiciones”, reafirmó el tribunal.
Adicionalmente, el TDLC descartó que existan antecedentes que justifiquen extender a Colun la obligación de publicar y utilizar pautas de precio. “Dada su estructura jurídica, (Colun) no participa en el mercado spot, en el cual las pautas de precio tienen relevancia”, indicó la resolución a la que tuvo acceso PULSO.
José Luis Delgado, Director Ejecutivo de APROVAL consideró positivo el fallo del Tribunal, según lo aseveró a Radio SAGO.
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Adicional al rechazo, el TDLC en su resolución solicitó a Watt’s, Nestlé y Soprole excluir de sus contratos las cláusulas que obstaculicen la movilidad a los proveedores, absteniéndose de pactar premios retroactivos por crecimiento de volúmenes anuales, entre otras acciones.
También pidió incluir en los mismos la posibilidad que los productores pongan término unilateral a los contratos. Finalmente, las empresas deberán informar a Odepa la duración de los contratos “para efectos de darle la debida publicidad”, resolvió el TDLC.
De todas maneras, la decisión del organismo puede ser reclamada por las partes ante la Corte Suprema.
Fuente: La Tercera Pulso