La Dirección del Trabajo dictaminó que un empleador no está obligado a pagar la remuneración de un trabajador que no está prestando servicio, pero tampoco ser despedido.
Este dictamen generó una polémica inmediata en medio de la situación que está viviendo el país bajo una pandemia tal como lo es el coronavirus, considerando que muchos trabajadores se encuentran voluntaria u obligatoriamente en cuarentena para resguardar su salud.
En torno a esta situación, el presidente de la Central Unitaria de Trabajadores en Osorno, Claudio Millaguín, informó que recurrirán a la Justicia para revertir este dictamen.
Por su parte el presidente del Sindicato de Trabajadores de la Construcción de Osorno, Carlos Silva, sostuvo que el Gobierno debe amparar la salud de las personas y el resguardo laboral hacia los trabajadores.
Para apaciguar las críticas, la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, se apuró al señalar que la ley de protección al empleo, que este jueves pasó su primera valla legislativa en el Senado, buscará solucionar este problema.
Esto porque en caso que la relación laboral se suspenda, el trabajador si bien no recibirá ingresos de parte del empleador, sí los recibirá acogiéndose al beneficio del seguro de cesantía y mantendrá la relación laboral, es decir, la empresa deberá seguir pagando las cotizaciones de seguridad social.