El Tribunal Electoral Regional (TER) de Los Lagos dio por interpuesto el recurso de apelación presentado por el suspendido alcalde de Dalcahue, Juan Segundo Hijerra Serón, en contra de la sentencia del 5 de noviembre reciente que lo destituyó del cargo por faltar gravemente al principio de probidad.
El TER determinó sacar de su cargo al aludido por haber incurrido en la causal de notable abandono de sus deberes, en razón del cargo tras «haber sido condenado en sede criminal como autor en grado de consumado del delito de conducción en estado de ebriedad, encontrándose además al momento del ilícito conduciendo un vehículo de propiedad municipal». Así las cosas, Hijerra Serón ingresó un recurso de reposición o, en subsidio, una apelación al fallo.
La abogada del alcalde suspendido, alegó que «sin eludir responsabilidad alguna por parte del requerido, la sanción, por este capítulo es ilegal, desproporcionada e injusta, razón por la cual, debe dictarse una decisión revocatoria, y absolver de toda responsabilidad al Alcalde o, en su caso, disminuir la sanción que se pretende aplicar».
Luego, pidió que se considerara el escrito como un recurso de reposición contra la sentencia, pidiendo que se deje sin efecto y que se libere al alcalde de toda responsabilidad y en consecuencia, que se rechace el requerimiento en todas sus partes, o bien, que rebaje la sanción impuesta.
Sin embargo, el TER Los Lagos dijo: «no ha lugar al recurso de reposición por improcedente» y elevó el caso al Tribunal Calificador de Elecciones para que sea vista como apelación.