Hasta distintos gimnasios y recintos deportivos de Osorno llegaron autoridades regionales para explicar en qué consistirán las nuevas medidas del plan Paso a Paso referidas a la actividad física y aforos.
El Seremi del Deporte en Los Lagos, Matías Bahamonde, acudió junto a su par de Economía, Francisco Muñoz, hasta un Centro de Entrenamiento y luego a la Pista Atlética del Liceo Rahue para entregar la información.
Así lo señaló Bahamonde.
La presidenta del Club Atlético Gerardo Manzanares, Lorena Martínez, valoró el retorno a la actividad, dependiendo de la fase en que se encuentren las comunas.
Mientras que el Seremi de Economía, Francisco Muñoz, puso énfasis en la reapertura de los gimnasios, los que han estado cerrados desde el inicio de la pandemia.
Cabe recordar que las principales medidas serán el aumento de los aforos en espacios al aire libre y cerrados, por ejemplo en cuarentena solo se podrán utilizar espacios abiertos o al aire libre y con aforo máximo de cinco personas con pase de movilidad, quienes no lo tengan solo pueden utilizar la banda horaria Elige Vivir Sano.
En las fases posteriores aumentan los aforos y se abren los espacios cerrados para personas con pase de movilidad, mientras que la apertura de gimnasios comienza en el paso 2 y con limitaciones de espacio y de pase de movilidad.
Revisa aquí los detalles de las medidas por cada fase del plan:
Paso 1
Espacios públicos al aire libre
- Durante la banda horaria Elige Vivir Sano, se permite realizar actividad física de manera individual o en grupo, con un máximo de 5 personas.
- Quienes cuenten con pase de movilidad o permiso de desplazamiento, pueden realizar actividad física a toda hora (a excepción del toque de queda), de manera individual o en grupo con un máximo de 5 personas.
Recintos deportivos (únicamente en espacios abiertos)
- La apertura del recinto deportivo debe estar autorizada según protocolo Mindep de “Apertura de Recintos Deportivos al aire libre en Fases 1 y 2”.
- Pueden asistir solo las personas que cuenten con pase de movilidad.
- Se permite realizar actividad física de manera individual o en grupo con un máximo 5 personas.
Paso 2
Espacios públicos al aire libre o espacios abiertos de recintos deportivos
- Se permite realizar actividad física de manera individual o en grupo con un máximo de 10 personas.
Espacios cerrados
- Aplica solo para personas con pase de movilidad.
- Se permite realizar actividad física de manera individual o en grupo con un máximo de 5 personas.
- Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.
- Sábados, domingos y festivos, aplican las normas de cuarentena.
Paso 3
Espacios abiertos o al aire libre
- Aforo máximo de 100 personas.
- En el caso que todos los asistentes cuenten con Pase de Movilidad, el aforo permitido asciende a 200 personas.
Espacios cerrados
- Aforo máximo de 25 personas.
- En el caso que todos los asistentes cuenten con Pase de Movilidad, el aforo permitido asciende a 100 personas.
- Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.
Paso 4
Espacios abiertos o al aire libre
- Aforo máximo de 250 personas.
- En el caso que todos los asistentes cuenten con Pase de Movilidad, el aforo permitido asciende a 1.000 personas.
Espacios cerrados
- Aforo máximo de 100 personas.
- En el caso que todos los asistentes cuenten con Pase de Movilidad, el aforo permitido asciende a 250 personas.
- Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.
- Apertura de Gimnasios
Paso 1
- No está autorizada la apertura.
Paso 2
- No está autorizado el funcionamiento de gimnasios los sábados, domingos y festivos.
- De lunes a viernes, pueden operar bajo las siguientes condiciones:
Espacios abiertos
- Pueden asistir personas con o sin Pase de Movilidad.
- Se debe cumplir distancia de 2 metros entre máquinas (según lo definido en el protocolo específico de funcionamiento)
Espacios cerrados
- Solo pueden asistir personas que cuenten con Pase de Movilidad.
- Se debe cumplir distancia de 2 metros entre máquinas (según lo definido en el protocolo específico de funcionamiento)
- Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.
Paso 3
Espacios abiertos
- Pueden asistir personas con o sin pase de movilidad. Se debe cumplir distanciamiento
Espacios cerrados
- Solo pueden asistir personas que cuenten con Pase de Movilidad.
- Se debe cumplir distancia de 2 metros entre máquinas (según lo definido en el protocolo específico de funcionamiento)
- Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.
Paso 4
Espacios cerrados
- Pueden asistir personas con o sin pase de movilidad.
- Se debe cumplir distancia de 2 metros entre máquinas (según lo definido en el protocolo específico de funcionamiento)
- Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.
- Asistencia de público a eventos deportivos
Actividades sin interacción entre asistentes: Se refiere a aquellas convocatorias de un grupo de personas, a la misma hora, en un determinado lugar y que debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Mantener una ubicación fija durante toda la actividad.
- Mantener una distancia de un metro entre participantes.
- Usar mascarilla de forma permanente.
- No se autoriza el consumo de alimentos.
Paso 1
- No está autorizada la asistencia de público a eventos deportivos.
Paso 2
Permitidos de lunes a viernes tal que:
- Aforo: 1 persona cada 8 m2 de superficie útil
- Espacio cerrado: máx. 25 personas sin Pase de Movilidad y 50 personas con Pase de Movilidad.
- Requiere cumplir estándar de ventilación.
- Espacio abierto o aire libre: máx. 50 personas sin Pase de Movilidad y 100 personas con Pase de Movilidad.
Sábados, domingos y feriados aplica las normas de cuarentena.
Espacios abiertos o al aire libre
- Aforo máximo de 75 personas.
- La forma de calcular el aforo máximo por recinto es de 1 persona por cada 8m2 de superficie útil (no pudiendo superar las 75 personas)
Espacios cerrados
- Aforo máximo de 50 personas, siempre y cuando todas cuenten con pase de movilidad.
- La forma de calcular el aforo máximo por recinto es de 1 personas cada 8m2 de superficie útil (no pudiendo superar las 50 personas)
Paso 3
- Está autorizada la asistencia de público a eventos deportivos todos los días bajo las siguientes condiciones:
Espacios abiertos o al aire libre
- Aforo máximo de 200 personas.
- En el caso que todas las personas asistentes cuenten con pase de movilidad, el aforo asciende a 1.000 personas.
- La forma de calcular el aforo máximo por recinto es de 1 personas cada 8m2 de superficie útil (no pudiendo superar las 200 o 1.000 personas, según corresponda)
Espacios cerrados
- Aforo máximo de 100 personas.
- En el caso que todas las personas asistentes cuenten con pase de movilidad, el aforo asciende a 500 personas.
- La forma de calcular el aforo máximo por recinto es de 1 personas cada 8m2 de superficie útil (no pudiendo superar las 100 0 500 personas según corresponda)
- Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.
Paso 4
- Está autorizada la asistencia de público a eventos deportivos todos los días bajo las siguientes condiciones:
Espacios abiertos o al aire libre
- Aforo máximo de 500 personas.
- En el caso que todas las personas asistentes cuenten con pase de movilidad, el aforo asciende a 5.000 personas.
- La forma de calcular el aforo máximo por recinto es de 1 personas cada 6m2 de superficie útil (no pudiendo superar las 500 0 5.000 personas según corresponda)
Espacios cerrados
- Aforo máximo de 250 personas.
- En el caso que todas las personas asistentes cuenten con pase de movilidad, el aforo asciende a 1.000 personas.
- La forma de calcular el aforo máximo por recinto es de 1 personas cada 6m2 de superficie útil (no pudiendo superar las 250 0 1.000 personas según corresponda)
- Los recintos requieren cumplir con el estándar de ventilación.