Cámara no respaldó obligatoriedad del kínder: El Mineduc condenó la decisión

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La Sala de la Cámara no logró el consenso necesario para aprobar ni las observaciones del presidente de la República al proyecto de ley que establece la obligatoriedad del segundo nivel de transición de educación parvularia, ni para ratificar el texto previamente despachado por el Congreso Nacional, con lo cual la propuesta quedó sin posibilidad de convertirse en ley.

El veto presidencial buscó revertir aspectos descartados en el trámite previo y que eran parte de sus ideas centrales. Entre ellas estaba la obligatoriedad del kínder. En el momento se argumentó que existían barreras de entrada a la educación básica, lo que perjudicaría a sectores más desposeídos y localidades rurales.

Las normas centrales de la iniciativa requerían para su aprobación de un quórum de 89 votos favorables como mínimo, al tener carácter de ley orgánica constitucional. Sin embargo, obtuvo 78 votos a favor, 61 en contra y 5 abstenciones. De tal modo, se rechazó reponer la obligatoriedad del kínder. Igualmente se cayó la disposición destinada a promover en dicho nivel, la diversidad, la inclusión y el aprendizaje a través de diversos mecanismos.

Al respecto, la Seremi de Educación de Los Lagos, Paulina Lobos, condenó la negativa de los parlamentarios que votaron en contra.

Tampoco se aprobó en este marco la norma que ordenaba a los establecimientos educacionales enfocarse en la capacitación y acompañamiento de los equipos educativos y directivos.

Luego, se procedió a votar la insistencia para aprobar lo planteado por el Congreso. Esto requería 2/3 de los votos favorables de las y los diputados presentes. El resultado fue de 76 votos a favor, 69 en contra y dos abstenciones. Con ello, el proyecto se entiende por rechazado tras quedar sin sus normas centrales.

Observaciones aprobadas

Pese a lo anterior, se aprobaron las dos observaciones que afectaban normas transitorias del proyecto de ley. Por efecto de una de ellas se doblaba los recursos para mejorar la infraestructura de los establecimientos. Además, se disponían dineros para incentivar la capacitación de los equipos docentes y directivos.

La otra norma aprobada define que el requisito de cursar el segundo nivel de transición de educación parvularia para el ingreso a la educación básica sería exigible a partir del año escolar subsiguiente al de la fecha de publicación de esta ley.

Ambas disposiciones respaldadas pasaron a consideración del Senado. Empero, su paso por dicha Corporación es meramente formal tras el rechazo del fondo de la propuesta (tanto la del veto como la despachada previamente) por una de las cámaras.