Durante esta jornada, la Comisión de Trabajo de la Cámara Baja aprobó en particular el proyecto del Gobierno de “retiro acotado”.
Las indicaciones de esta iniciativa, que buscaba ser una alternativa al polémico quinto retiro, deberán ser estudiadas por el Ejecutivo para ser incluidas en caso de admitirlas.
El proyecto denominado “retiro acotado”, puesto que establece mayores limitaciones a los retiro de fondos, pasa a la Comisión de Hacienda.
¿Cuáles son los casos en que puedo retirar mis fondos?
Según establece el proyecto firmado por el Mandatario, junto a los ministros de Hacienda, Mario Marcel; de Justicia, Marcela Ríos; de Trabajo, Jeannette Jara; y de la Mujer, Antonia Orellana; seis escenarios para hacer el retiro:
1. Para exigir el pago de deudas originadas por obligaciones alimentarias, permitiendo al alimentario o su representante legal subrogarse en el derecho del deudor de solicitar un retiro de su fondo de pensión hasta del totalidad de la deuda, según las condiciones anteriores (mínimo de 35 UF y máximo de 150 UF).
Además, el proyecto contempla una modificación permanente a las reglas de cobros de pensiones alimenticias, haciendo posible a los beneficiados acceder a los fondos previsionales del deudor.
2. Para pagar las deudas en instituciones de salud “que son, en la práctica, ineludibles”. Esto, previa acreditación a través de la Superintendencia de Salud. No podrán ser imputadas al pago de multas, intereses u otros gastos asociados.
3. Para costear un incremento del ahorro necesario para la postulación a los subsidios de adquisición de primera vivienda. Una vez que se realice el abono, la entidad captadora suspenderá la facultad de girar el ahorro que provenga de los fondos.
4. Para pagar deudas hipotecarias de hasta 4 mil UF contraídas hasta el 31 de marzo, solo en la adquisición de una primera vivienda.
5. Para pagar de deudas de servicios básicos no cubiertas por los subsidios de la ley 21.423, que regula el prorrateo y pago de deudas por servicios de agua potable y electricidad generados durante la pandemia covid-19, y establece subsidios a clientes vulnerables.
6. Para pagar deudas financieras bancarias y no bancarias, contraídas hasta el 31 de marzo de 2022.
Los retiros de fondos solo se podrán justificar con deudas contraídas a título personal y no a una persona jurídica donde participe el beneficiado
Adicionalmente, el proyecto del Gobierno apunta a mejorar los requisitos de acceso y beneficios del seguro de cesantía. Aumenta los porcentajes de remuneración de referencia que podrán ser retirados en cada giro, para los meses tercero y siguiente que reciban el beneficio. Además, se elimina el requisito de acceder a las cotizaciones previas para acceder a las prestaciones.
También se reduce -de forma transitoria- el requisito de 12 cotizaciones a tres meses de cotizaciones continuas en los últimos tres meses previos al término del contrato, o bien, seis cotizaciones en los últimos 12 meses, con las dos últimas continuas y del mismo empleado.
Fuente: ADN