La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de R.A.G.R., imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de arrojamiento de artefacto incendiario y el delito frustrado de incendio. Ilícitos perpetrado en dependencias de la Iglesia Evangélica Luterana de la ciudad de Osorno, en febrero pasado, durante una actividad en la que participaba el alcalde de la comuna de Recoleta.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución recurrida, dictada por el Juzgado de Garantía de Osorno, que rechazó la pretensión de la defensa que buscaba declarar la suspensión del procedimiento por la eventual enajenación mental del amparado.