La Corte Suprema reafirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia, respecto de un recurso de protección interpuesto por el principal recinto médico de Osorno. Se trata de una acción legal que busca ir en contra de unos padres que se han negado a vacunar a su bebé recién nacido.
La lactante nació de forma prematura el pasado 18 de febrero del presente año en el Hospital Base San José, donde no se permitió la aplicación de la vacuna BCG que protege a los menores de la Hepatitis B y de la Tuberculosis en todas sus variantes.
La Dra. Stephania Passalacqua, infectóloga y pediatra, explicó la importancia de inocular a los recién nacidos, en torno a la Hepatitis B.
La profesional de la salud dio a conocer que se debe vacunar a los menores para prevenir la Tuberculosis, teniendo en cuenta que se busca proteger a los bebés de tener una infección grave.
El informe señala que los padres expresan que “su fe y su espiritualidad les generan la convicción de ser cada humano una creación especial de Dios, al que se dota providencialmente de un sistema inmunológico capaz de cuidar al individuo durante su vida natural mientras este funciona de la manera adecuada”.
Dicha negativa es contraria al ordenamiento jurídico, siendo absolutamente ilegal, por cuanto existe norma legal expresa aplicable en la especie, que establece la obligatoriedad de la aplicación de esta vacuna, concretamente el Decreto Exento N°6 del Ministerio de Salud, publicado el 19 de abril de 2010 en el Diario Oficial, que “Dispone la Vacunación Obligatoria de la Población Contra Enfermedades Inmuno Prevenibles de la Población del País”.