Día clave para el tercer retiro: Senado vota este jueves hasta total despacho

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Este jueves la Sala del Senado votará el proyecto que busca permitir un tercer retiro de hasta el 10% de los fondos de pensiones, para ir en ayuda de las personas que se han visto afectadas económicamente en medio de la pandemia de coronavirus.

La jornada comenzará a las 09:00 horas y se extenderá hasta su total despacho. Si el texto es aprobado sin modificaciones a lo que estableció la Cámara de Diputados, quedaría listo para ser ley. De no ser así, pasará a tercer trámite constitucional y los diputados deberán votar lo aprobado por el Senado.

Sin embargo, la posibilidad de que la iniciativa se convierta en ley se podría ver obstaculizada por el Tribunal Constitucional (TC), ya que el pasado martes el Gobierno presentó un requerimiento para frenar el tercer retiro.

El ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Juan José Ossa, fue el encargado de informar que el requerimiento fue presentado, argumentando que «es nuestro deber velar porque las reglas que nos rigen sean respetadas y es por eso que presentaremos un requerimiento al Tribunal Constitucional en relación a este proyecto».

El proyecto

La comisión de Constitución despachó este miércoles la iniciativa estableciendo que será de carácter universal, es decir, que toda persona que esté afiliada al sistema privado de pensiones pueda realizar el retiro.

De acuerdo al texto, no podrán acceder al beneficio quienes se encuentren en el artículo 38 bis de la Constitución, el cual contempla al Presidente de la República, senadores, diputados, gobernadores regionales, ministros, subsecretarios, delegados presidenciales regionales y delegados presidenciales provinciales, exceptuando a los contratados sobre la base de honorarios que asesoren directamente a las autoridades gubernativas ya indicadas.

Tras una larga discusión, finalmente se determinó contemplar en la norma a los pensionados por rentas vitalicias, quienes podrán adelantar el pago de ellas. Quienes opten por esta extracción, se les imputará del monto mensual de sus rentas vitalicias futuras, a prorrata, en forma proporcional y en igual porcentaje que aquel que represente el monto retirado.

El monto máximo de la extracción es de 150 UF ($4,4 millones aproximadamente) y el mínimo de 35 UF ($1 millón aproximadamente).

En el caso de que la totalidad de los ahorros sea inferior a las 35 UF, se podrá sacar todo el dinero de la cuenta.

Los afiliados podrán solicitar el dinero hasta 365 días después de publicada la reforma constitucional, con independencia de la vigencia del estado de excepción constitucional.

El pago de los fondos solicitados se efectuará en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la recepción de la solicitud.

Los integrantes de la comisión de Constitución del Senado acordaron que la norma no contemple el cobro de impuestos.

Sin embargo, es importante recordar que el proyecto señala que el dinero extraído puede ser retenido cuando existen deudas por pensión de alimentos.

El texto también establece que quienes realizaron la extracción puedan aumentar un punto porcentual su cotización obligatoria, de forma voluntaria, llegando a un 11% de sus remuneraciones y rentas imponibles, por un periodo mínimo de un año.

Además, establece que estas personas podrán recibir un aporte fiscal a su cuenta individual por cada año en que se postergue la pensión. Lo anterior, siempre y cuando el Presidente de la República ingrese un proyecto de ley para ello.

Fuente: Meganoticias