El 21 de marzo de 2017, la Contraloría General de la República presentó una demanda en contra del excoordinador de Compras y Contratos de la Junaeb Nelson Hadad Abuhadba y el otrora jefe del Departamento de Logística de la misma institución Mauricio Olagnier Tijero, quien además es esposo de la candidata presidencial Yasna Provoste (DC). La acción fue interpuesta ante el Tribunal de Cuentas del organismo dirigido por Jorge Bermúdez, y exige a ambos exfuncionarios que restituyan $ 859.718.142. A los profesionales se les atribuye responsabilidad en haber ejecutado de forma irregular en 2015 una operación en que se cuestionó el diseño, producción y distribución de la Tarjeta Nacional Estudiantil (TNE) para estudiantes que no cumplían con los requisitos para el beneficio.
El caso sale a la luz pública debido a que Hadad, actual abogado del Ministerio del Interior, presentó el pasado 15 de septiembre un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago en contra del ente fiscalizador por el “excesivo tiempo” en que ha incurrido en emitir su sentencia. Sin embargo, la acción judicial fue desestimada por el tribunal de alzada y el caso escaló a la Corte Suprema, lugar en el que la tramitación se encuentra vigente.
A la fecha, el procedimiento en el Tribunal de Cuentas, que es presidido por la subcontralora Dorothy Pérez, se encuentra en etapa probatoria y desde Contraloría explicaron que el proceso ha demorado debido a que durante la pandemia hubo una ralentización de estos litigios.
En su escrito, el excoordinador de compras de la Junaeb entrega detalles de un proceso que por tramitarse ante esta instancia es reservado por ley, a diferencia de lo que sucede en otras sedes judiciales. En efecto, dicho estamento ejerce una función jurisdiccional de carácter especial que tiene por objeto determinar la responsabilidad civil extracontractual proveniente de la acción y/u omisión de un funcionario público que ha provocado un daño patrimonial al Fisco.
En particular, a Hadad la Contraloría lo acusa que habría autorizado administrativamente el pago a terceros, en este caso a la empresa E-Mach Card Limitada, por servicios que finalmente no fueron prestados.
Todo comenzó cuando en 2015 la División de Auditoría Administrativa del Área de Educación de la Contraloría efectuó una auditoría a Junaeb -que en julio de ese año cambió de director del DC José Miguel Serrano a su camarada y exgeneralísimo de Sebastián Sichel, Cristóbal Acevedo-, cuyos resultados quedaron plasmados en el Informe N° 232/2016. El documento, que cuenta con 76 páginas, señala que la institución estatal “ordenó y pagó la producción de 313.359 TNE por la suma de $ 859.718.142, no obstante que los estudiantes no cumplían con los requisitos para su obtención, toda vez que no eran alumnos regulares, situación que será objeto de reparo”.
La auditoría cuestionó, además, que la Junaeb no hubiera efectuado las acciones de cobranza de al menos $ 179.860.117 por el incumplimiento de los contratos de prestación de los servicios con sus proveedores, por lo que el ente contralor ordenó cursar y cobrar las respectivas multas.
Otro de los problemas que detectó el organismo fiscalizador es que la entidad estatal pagó a la empresa E-Mach Card Limitada por el servicio de implementación de 40 módulos de atención de usuarios de la TNE, sin embargo, sólo se habilitaron 28, originándose un pago en exceso de $ 14.545.455.
Asimismo, en el documento se señala que Junaeb no registraba todas sus audiencias, a veces incumplía el plazo de respuesta a quienes las solicitaban y también se detectó la omisión de registros de viajes y donativos de sujetos pasivos solicitados por el Consejo para la Transparencia. En este último ítem, la Contraloría le exigió “en lo sucesivo implementar los controles que eviten la ocurrencia de situaciones como las detectadas”.
Ocho días después de haberse presentado el reparo, el Tribunal de Cuentas confirió traslado a Hadad y también a Olagnier. Posteriormente, vino un periodo en el que dicha instancia, presidida por la subcontralora, requirió a Contraloría para que indique un domicilio actualizado de ambos, ya que hasta ese minuto no habían podido ser notificados.
El día 10 de agosto de 2017 se intentó nuevamente dar con el paradero de ambos sin éxito, según se registra en el informe, y finalmente el 2 de enero de 2018 la Contraloría emitió oficios al Registro Civil, Carabineros y Policía de Investigaciones de Chile con el propósito de que ambos exfuncionarios de la Junaeb informaran sobre nuevos domicilios.
Casi un año después, el 31 de julio de 2018, Hadad contestó al reparo, alegando la prescripción de la acción administrativa. Y se defendió bajo el argumento de que el ente fiscalizador no podía auditarlo, ya que no era un funcionario que ocupara un cargo de jefatura al ser sólo un asesor.
“El 18 de febrero de 2020, el otro demandado, Mauricio Andrés Alberto Olagnier Tijera, tras notificarse del auto de prueba, dedujo recurso de reposición con apelación en subsidio. Dichos recursos a la fecha no han sido proveídos”, se lee en una de las presentaciones que está en tramitación.
En la auditoría, la Contraloría concluyó que la Junaeb pagó a la empresa E-March Card Limitada la suma total de $ 40 millones a pesar de que no cumplió a cabalidad con el contrato celebrado el 9 de febrero de 2015, que le exigía la instalación de 44 módulos de atención a usuarios de la TNE y sólo se implementaron 28 de ellos.
“Cabe consignar que, no obstante lo expuesto, don Mauricio Olagnier Tijera, jefe del Departamento de Logística de la Junta, certificó la recepción conforme de los servicios entregados por el citado proveedor, mediante el oficio N° 0521 del 19 de marzo de 2015, a pesar de que las actas de supervisión de las direcciones regionales indicaban que tales prestaciones no se cumplieron en su totalidad”, se lee en el mismo documento.
En esa línea, agregó que “se estableció que el 6 de abril de 2015, Johana Álvarez Ahumada, coordinadora de Programas de Junaeb, solicitó a Nelson Hadad, jefe del Departamento de Coordinación y Procesos de Compra y Contratos de la Junta, un pronunciamiento sobre la pertinencia del pago, puesto que la unidad de pagos bajo su dependencia no lo generaría, dado el incumplimiento del contrato. Pese a ello, este último autorizó igualmente la erogación, mediante un correo electrónico”.
Tanto las acciones como omisiones de las autoridades, según estableció Contraloría, generaron un desmedro económico cuantificable expresado en la cantidad de tarjetas elaboradas respecto de los alumnos que no se matricularon en los establecimientos educacionales correspondientes. Esto derivó en que el ente fiscalizador mantuviera su objeción por la suma de $ 859.718.142.
Carlo Mora, abogado de Mauricio Olagnier salió en defensa de su cliente y sostuvo que “este es un juicio que se inició hace muchos años atrás por una eventual negligencia o un mal cálculo que habría hecho para poder determinar el número de tarjetas que se tenían que mandar a comprar”.
A su parecer, él no tuvo ninguna responsabilidad en la toma de decisiones de esa adquisición. El proceso de compra dependía de directivos de Junaeb en ese momento y Mauricio Olagnier era un funcionario a contrata que se contratan por un periodo anual. “Mal él podía determinar el universo de o número de compras. Lo que planteamos es que las responsabilidades deberían recaer en quienes realmente tomaron esas decisiones”, añadió.
El abogado explicó que su defendido lo que necesitaba para la compra de las tarjetas era el universo de estudiantes que se podía beneficiar, por lo que “se tomó de referencia el año anterior y el año siguiente hubo una baja en el número de matrículas, por eso sobraron las tarjetas”.
“Este ha sido un juicio extremadamente largo y no es un gracia que un funcionario a contrata que trabajó un periodo de tiempo corto, entre 2014 y 2015 en Junaeb, resulta que se lleva toda la responsabilidad por un proceso que significó una política pública importante”, añadió.
“Confiamos en que la responsabilidad no es de él. Es evidente que no es de él y así quedará demostrado. Es una suma bastante alta de dinero. Es una locura que un funcionario que está contratado a contrata tenga la capacidad de decisión para un negocio que puede significar ese nivel de montos”, concluyó.