Mientras la Región Metropolitana se mantiene alerta por la posibilidad de un racionamiento del recurso hídrico en el sector oriente, el Presidente Gabriel Boric promulgó la ley que reforma el Código de Aguas, despachada por el Congreso en enero, después de 11 años de tramitación.
El ministro de Obras Públicas, Juan Carlos García, explicó en un video que «esta reforma busca una transición hídrica justa, que soluciona los problemas de inequidad que padecen miles de personas en el acceso a este vital elemento».
«Se prioriza el derecho de acceso al agua para consumo humano, especialmente en situaciones de escasez hídrica, como la que actualmente afecta a más de la mitad de las personas que viven en nuestro país», detalló.
Su par de Medio Ambiente, Maisa Rojas, destacó que con esta nueva norma, «contamos con un instrumento que nos habilita y entrega oportunidades para hacer un uso más sustentable del agua«.
«Por primera vez se integra el cambio climático como un factor que amenaza y limita la disponibilidad del agua, y muy importante: se protege la función ecosistémica del agua, resguardando y prohibiendo la entrega de derechos en glaciares, sectores de vegas, bofedales, humedales y áreas declaradas bajo protección de la biodiversidad», agregó.
OTORGA MÁS FACULTADES A LA DGA
Entre otros cambios incorporados en la ley, está el fortalecimiento de la gestión de Servicios Sanitarios Rurales, y el Presidente de la República puede constituir derechos de agua sin disponibilidad administrativa, sólo en base a informes de la Dirección General de Aguas, precisa el Gobierno en un comunicado.
A diferencia de los antiguos derechos de aguas, cuya duración es indefinida, los nuevos se otorgarán por 30 años, y se renovarán automáticamente si estuvieran en uso, aunque la DGA podrá entregar derechos por menos tiempo.
Dicha repartición además «elaborará Planes Estratégicos de Recursos Hídricos (PERH) para cada una de las 101 cuencas del país en un plazo máximo de 10 años y su posterior actualización».
Por otra parte, «en situaciones de severa sequía (condición para declarar zona de escasez), se otorgan mayores atribuciones a la DGA para redistribuir el agua en favor del consumo humano y uso doméstico de subsistencia».
De esta manera, es posible exigir a los usuarios «alcanzar un acuerdo con plazos perentorios para el uso del recurso disponible, o en caso contrario proceder a la intervención para cumplir con el objetivo».
Fuente: Cooperativa.cl