El Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno acogió demanda por cobro de prestaciones, interpuesta en contra de la empresa Latin Gaming Osorno S.A., y ordenó pagar el 30% de recargo sobre las horas ordinarias trabajadas en día domingo a los demandantes.
En el fallo el juez Hernán Valdevenito Carrasco acogió la acción judicial interpuesta por los trabajadores, al establecer que las actividades que desarrollan por los trabajadores del Casino Sol de la ciudad de Osorno, se encuentran contempladas en el artículo 38 N°7 del Código del Trabajo, que les da derecho a percibir dicho recargo.
“En relación a la discusión de fondo planteada el juez, compartiendo los argumentos vertidos en este aspecto por la Dirección del Trabajo, que las actividades desarrolladas por los Casinos de Juego, se encuentra comprendida en el Código del Trabajo, por cuanto el rubro de dichos establecimientos se refiere a actividades de comercio cuya ejecución en día domingo, se justifica en función de atender personas en su dimensión de consumidores de productos y servicios, sin una razón de urgencia, predominando la satisfacción de una conducta de consumo de carácter recreacional.
“Consecuentemente –continúa–, se dará lugar a la demanda pagar con recargo de 30% las horas ordinarias trabajadas en día domingo, respecto de todos los trabajadores afiliación al Sindicato de la Empresa Casino Sol, de Osorno y que fueran individualizados en la nómina acompañada, sin distinción de ninguna especie, por estimar que las actividades desarrolladas por dichos dependientes, se encuentran comprendidas en el artículo 38 N°7 del Código del Trabajo”.