La Contraloría General de la República dictaminó la tarde de este viernes que la ministra de Desarrollo Social, Karla Rubilar, cometió una infracción a la normativa sobre probidad en caso de que se compruebe que usó un chat institucional para apoyar la candidatura a diputado de su pareja, el periodista Christian Pino.
La situación la dio a conocer un reportaje emitido por T13 en octubre pasado, donde se expuso que Rubilar presuntamente daba instrucciones para preparar diversas entrevistas, gráficas, y actividades para el aspirante a la Cámara por el distrito 8.
Una vez conocida la resolución, Rubilar señaló que “Contraloría ha sido clara en señalar que no existen faltas a la probidad ni uso de recursos públicos para favorecer campaña alguna. Esto viene a confirmar lo que ha sido el sello de mi vida como servidora pública, siempre al servicio de las personas y poniendo el interés general por sobre el particular”.
La secretaria de Estado “agradeció” al contralor Jorge Bermúdez por “la rapidez que emitió este dictamen, permitiendo despejar todas las denuncias que se habían presentado”.
Finalmente, aseguró que “acataremos e implementaremos todas las medidas que ha impuesto la Contraloría”.
El dictamen del ente contralor señaló que “si bien no está acreditado que con ocasión de los hechos denunciados hubo utilización de recursos públicos, de haberse cumplido las instrucciones que la Ministra Rubilar Barahona impartió en dicho grupo de WhatsApp a funcionarios de su dependencia y de su confianza, ello habría implicado una infracción de la normativa antes reseñada sobre probidad, por haberse ocupado tiempo de la jornada de trabajo y empleo de recursos públicos”.
Posteriormente, el organismo recalcó que “dichas instrucciones impartidas constituyen una vulneración de la prohibición consistente en que las autoridades de los órganos y servicios de la Administración no pueden, por ningún medio, dar órdenes, instrucciones o sugerencias que impliquen o induzcan a los funcionarios de su dependencia a transgredir los principios y normas acerca de la prescindencia política de los servidores de la Administración del Estado, aunque se desconozca si dichas instrucciones efectivamente se cumplieron”.
“Los Ministros de Estado no pueden usar su autoridad para fines ajenos a sus funciones, ni con ocasión del ejercicio de su cargo, ordenar ni incentivar a los funcionarios bajo su dependencia a promover, de cualquier modo, a candidatos o campañas electorales”, sentenció.