El mundo de las micro, pequeñas y medianas empresas se encuentra en una situación muy delicada: sobreendeudado tras la pandemia y con pocas herramientas para enfrentar la recesión que se avecina. El colapso de las empresas constructoras, la baja persistente en las ventas del comercio y la gastronomía son solo algunos ejemplos críticos de las quiebras que veremos en el futuro.» indica el comunicado emitido por los gremios.
Dentro de los aspectos importantes a los cuales la política nacional debe colocar su foco de atención son: el ritmo descontrolado de la violencia y la delincuencia, la baja constante de las inversiones, la inflación de dos dígitos y el empobrecimiento de la población. Estos son aspectos que «hacen imperioso, impostergable y urgente que se logre un acuerdo político transversal en materia constitucional».
Dentro de las exigencias por parte de los 80 gremios firmantes está un proceso que contemple:
1.- Una sola Comisión y/o Convención constitucional de 50 integrantes, donde:
a) Cada región elegiría 2 constituyentes, salvo en el caso de Valparaíso, La Araucanía, Biobío, O’Higgins y Antofagasta, que elegirían 3 constituyentes (por mayor población).
b) En la Región Metropolitana se elegirían 4 integrantes, con lo que se elegirían democráticamente un total de 39 miembros.
c) La comisión y/o convención estaría, además, integrada por 8 expertos designados por el Senado, con un quórum de 4/7.
d) Se elegirían 3 representantes de las etnias, en un padrón separado. Si en el padrón de pueblos originarios votara más del 6% del padrón total de ciudadanos habilitados para sufragar, se integrará un constituyente adicional por cada 2% que crezca el padrón de las etnias. Así, con 8% tendrían 4 integrantes y con 10% un total de 5 Integrantes. De lo contrario, si en el padrón de los Pueblos Originarios votara un 4% del padrón total de ciudadanos habilitados para votar, tendrían solo 2 integrantes en la Convención. Con esto, se asegura la máxima en democracia una persona-un voto,
2.- Plazo: una vez constituida la Comisión, determinar un plazo para la entrega del proyecto de nueva Constitución de 4 meses, como plazo de caducidad.
3.- Pre – aprobación del texto propuesto por el Congreso, con quorum de 4/7.
4.- Si se aprueba por el Congreso, que se someta a plebiscito con un quorum mínimo para aprobación de 60%.