Este viernes, la presidenta de la Asociación de AFP, Alejandra Cox, se refirió a la idea de un retiro total de los fondos de pensiones por parte de los afiliados al sistema.
El debate se instaló cuando el diputado UDI Jorge Alessandri señaló que, en caso de que avance el proyecto de cuarto retiro, presentaría una moción para la extracción de todo el monto acumulado en las cuentas individuales, sin límites, acusando una eventual estatización de dichos fondos.
Pese a esto, la diputada del Partido Humanista Pamela Jiles fue más allá y presentó un proyecto de ley que permite el retiro del 100% de estos dineros, pero con un límite de de 1350 UF (casi $40 millones).
En primer lugar, la presidenta de la Asociación de AFP se manifestó en contra de cualquier medida de retiro de fondos, señalando que «la noción de que las personas financien una crisis en base a sus propios ahorros es bastante contradictoria, realmente una muy mala política pública».
«Hablar del 100 por ciento lo hace aún más problemático, en un momento en que todavía ni se discute cómo se van a reponer esos fondos que ya se retiraron», efatizó.
Finalmente, sostuvo que «esperamos que estas discusiones no prosperen, agregan confusión a las personas, y necesitamos más ahorro para proyectar nuestras pensiones hacia el futuro, y no menos».
La iniciativa de la diputada humanista señala que, en el marco de la pandemia de coronavirus, se autorice «de forma voluntaria y excepcional, a realizar un retiro de hasta el 100 por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, estableciéndose como monto máximo de retiro el equivalente a 1350 unidades de fomento (casi $40 millones)», señala el documento.
En paralelo, el proyecto de la parlamentaria señala que «en el evento de que el 100 por ciento de los fondos acumulados sea superior a 1350 unidades de fomento, el afiliado solo podrá retirar hasta dicho monto».
En relación al pago de impuestos, el proyecto de Jiles mantiene la fórmula que ha utilizado en sus demás iniciativas de retiro de fondos.
«Los fondos retirados se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal, y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, ni podrá rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio», se lee en el documento.
Pese a lo anterior, hace la excepción del «derecho de subrogación legal del alimentario o su representante y de la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias de conformidad a lo previsto en la Ley 21.254».
Fuente: Meganoticias