En una ceremonia en la Plaza de la Constitución, el Presidente Gabriel Boric promulgó este jueves la Ley TEA, la primera que regula los derechos de las personas con trastorno del espectro autista en Chile.
El objeto de la normativa, despachada por el Congreso a finales de enero pasado, es promover la inclusión, atención integral y protección de los derechos de este grupo de la población en el ámbito social, de salud y de educación.
«Con nuestros hijos hemos estado luchando el tema de que sean sujetos de derecho, no de caridad, y, por ende, no estar siempre dependiendo de la voluntad de los profesores y los médicos para poder atenderlos. Con esta ley, ahora va a ser un derecho», celebró Chantal Garay, vocera de la Mesa Interregional de Autismo, al término de la ceremonia.
«Para nosotros es súper importante, porque muchos adultos han llegado al diagnóstico a través de nuestros hijos. Hemos recibido diagnósticos tardíos, hemos pasado dificultades a lo largo de nuestra vida y no hemos tenido las herramientas para poder enfrentar esta realidad», expresó a Cooperativa.
¿QUÉ DICE LA LEY TEA?
La nueva Ley TEA asegura el derecho a la igualdad de oportunidades y resguardo de la inclusión social de los niños, niñas, adolescentes y adultos con TEA, al tiempo que busca eliminar cualquier forma de discriminación.
Además, promueve un abordaje integral de dichas personas en los ámbitos social, de la salud y educación. Todo esto, durante todo el ciclo vital de las personas.
El texto entrega definiciones de conceptos como, por ejemplo, persona con TEA. Esta se entenderá como quienes presentan una diferencia o diversidad en el neurodesarrollo típico; el cual se manifiesta en dificultades significativas en la iniciación, reciprocidad y mantención de la interacción y comunicación social, al interactuar con los diferentes entornos. Así como, también en conductas o intereses restrictivos o repetitivos.
Con esta normativa se reconoce explícitamente el rol de las personas cuidadoras.
Se desarrollará progresivamente la red de servicios para poder hacer tamizaje, diagnóstico y atención específica del TEA para niños, niñas, adolescentes y personas adultas (curso de vida). Se desarrollarán y promoverá el acceso a estas acciones considerando ciertos atributos como la integralidad, la interdisciplinariedad y la oportunidad, entre otros.
El Ministerio de Salud evaluará la incorporación de las prestaciones de salud asociadas a la atención de las personas con TEA al siguiente procedimiento de elaboración de las Garantías Explícitas en Salud (GES).
El Estado se compromete a avanzar en la determinación de la prevalencia en Chile mediante la incorporación del TEA en encuestas y/o estudios poblacionales que sean pertinentes en términos metodológicos, partiendo por incluirlo en el primer Estudio Nacional de Salud Infantil (ENSI – Minsal).
Fuente: Cooperativa