Cerca de 4,5 millones de trabajadores se verán beneficiados con la Ley de #ProtecciónDelEmpleo, que hoy fue promulgada por el Presidente Sebastian Piñera.
La iniciativa permitirá que los trabajadores tengan remuneraciones mientras dure la crisis sanitaria.
El Congreso Nacional despachó a ley el proyecto de Protección busca proteger los ingresos y fuentes de empleos de más de 4,7 millones de trabajadores afectados por la emergencia sanitaria provocada por el Coronavirus o Covid 19.
La Ministra del Trabajo y Previsión Social, María José Zaldívar, y subsecretario de la cartera, Fernando Arab, destacaron el despacho de la ley, que forma parte de un fuerte paquete de medidas sociales y económicas anunciadas por el Ejecutivo por cerca de US$ 12 mil millones.
En el acuerdo con parlamentarios, el Ejecutivo se comprometió a analizar fórmulas para apoyar los ingresos de los trabajadores y trabajadoras independientes, a la creación de una comisión de seguimiento y evaluación de los impactos laborales y salariales de la crisis derivada de la pandemia Covid-19, y un nuevo dictamen de la Dirección del Trabajo para explicar los alcances de la nueva legislación.
El proyecto
La iniciativa contempla la suspensión de la relación laboral, cuando exista una declaración de la autoridad que implique la paralización de actividades, o cuando el empleador y trabajador lo acuerden. Además, la iniciativa establece la opción de pactar una reducción de jornada, a fin de que los trabajadores puedan acceder a prestaciones y complementos con cargo al seguro de cesantía.
En el caso de suspensión de la relación laboral, los trabajadores podrán acceder al seguro de cesantía en la forma en que se paga actualmente, permitiendo cubrir sus remuneraciones el primer mes en un 70%. En el caso de se extienda la declaración de catástrofe por parte de la autoridad más de 30 días, los giros serán de 55% y 45% para los meses siguientes.
El empleador, en tanto, pagará las cotizaciones previsionales y de salud.
Para acceder a esta opción, los trabajadores deberán contar con tres cotizaciones continuas en los últimos tres meses anteriores al acto o declaración de la autoridad. Asimismo, podrán acceder aquellos trabajadores que registren un mínimo de seis cotizaciones mensuales continuas o discontinuas durante los últimos doce meses, siempre que a lo menos registren las últimas dos cotizaciones con el mismo empleador en los dos meses inmediatamente anteriores al acto o declaración de autoridad.
En la opción de pacto de reducción de jornada, el empleador podrá acordar con sus trabajadores una jornada reducida y las remuneraciones proporcionales a esas horas. Y en forma adicional, sus trabajadores accederán a un complemento de hasta el 25% de su remuneración, con cargo al seguro de cesantía. Este complemento tendrá un límite máximo mensual de $225.000 por cada trabajador y se financiará con cargo a la cuenta individual y, agotada esta, con cargo al Fondo de Cesantía Solidario.
Según precisó la Ministra Zaldívar, se pueden acoger a esta Ley todas aquellas empresas que se vean impedidas para seguir funcionando. “Una empresa grande, que tiene la posibilidad de seguir manteniendo las remuneraciones, el llamado es a que lo haga. Aquí nosotros vamos a medirnos como sociedad. La forma en que salgamos de esta crisis va a depender de la forma en la cual la hayamos enfrentado y en eso es importantísimo el rol de cada uno de nosotros”, afirmó.
Por su parte, el subsecretario Fernando Arab, precisó que “es importante no llegar tarde con estas medidas, por lo que valoramos que tras una intensa tramitación este proyecto esté listo para transformarse en Ley de la República”.