El pasado 4 de marzo entró en vigencia el Artículo 4.1.7 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC), que establece la nueva normativa de Accesibilidad Arquitectónica que es exigible a: edificaciones públicas, con atención al público, con destino a equipamiento y ocupación mayor a 100 personas, así como edificaciones de uso colectivo.
Sin embargo, ya ha pasado tiempo desde esta nueva ley y poco se ha cumplido en la región, y es más, existen edificios de Gobierno que no acatan la normativa.
La propia directora regional del Servicio Nacional de la Discapacidad en la región de Los Lagos, Jessica Droppelmann, aseguró que la antigüedad de algunos edificios ha dificultado aplicar la ley de accesibilidad universal.
En este sentido, desde Senadis explicó que si una persona con discapacidad se siente vulnerada o discriminada producto del incumplimiento de la ley puede realizar la denuncia respectiva al Juzgado de Policía Local.
Las multas definidas en la Ley ante el no cumplimiento de la nueva normativa de Accesibilidad oscilan entre 10 y 120 UTM en primera denuncia por edificación, y entre 20 y 240 UTM en segunda denuncia por edificación. En tercera denuncia, la sanción es la clausura de la edificación.